Coronavirus: Restricciones para viajar a España

ACTUALIZADO (8-5-2020): Última información sobre restricciones de viaje a España debido al coronavirus

La pandemia de Coronavirus COVID-19 está afectando a toda la comunidad internacional. Cada día, miles de viajeros ven sus vuelos cancelados, situación que genera una sensación de incertidumbre y frustración.



Muchas viajeras nos preguntan cual es la situación real de España y si es recomendable viajar. Nos duele en el alma decir que, en estos momentos, viajar a España no es una opción.

Siempre recomendamos buscar información en fuentes autorizadas. En esta ocasión, para aquellos viajeros que quieran ingresar a España por avión, les dejamos el link de Aena, que gestiona los aeropuertos de interés general en España, con información actualizada de los aeropuertos de España.

Debido a restricciones impuestas por la normativa española en relación con la situación provocada por el COVID-19, desde las 00:00 horas del 23 de marzo de 2020, las autoridades sólo permitirán la entrada en España si se puede acreditar que:
  1. Se tiene nacionalidad española
  2. Se es nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea o Estado Asociado Shengen y, además:
    1. Se dirige directamente a su lugar de residencia; o 
    2. Se encuentra usted en alguna de las siguientes categorías:
      1. (1) Trabajadores transfronterizos,
      2. (2) profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral,
      3. (3) personal dedicado al transporte de mercancías,
      4. (4) personal en el ejercicio de su actividad laboral,
      5. (5) personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial,
      6. (6) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones;
      7. (7) Viaja por motivos familiares imperativos debidamente acreditados; o
      8. (8) Viaja por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios lo que deberá acreditar documentalmente.
  3. Aún no teniendo nacionalidad española o de la Unión Europea:
    1. Es usted residente en la Unión Europea o Estado Asociado Shengen y se dirige directamente a su lugar de residencia o
    2. Es usted titular de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado Asociado Schengen que se dirijan a este, o
    3. Se encuentra usted en alguna de las siguientes categorías:
      1. (1) Trabajadores transfronterizos,
      2. (2) profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral,
      3. (3) personal dedicado al transporte de mercancías,
      4. (4) personal en el ejercicio de su actividad laboral,
      5. (5) personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial,
      6. (6) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones;
      7. (7) Viaja por motivos familiares imperativos debidamente acreditados; o
      8. (8) Viaja por motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios lo que deberá acreditar documentalmente.
Por favor, tenga en cuenta que si no puede acreditar suficientemente a juicio de las autoridades españolas cualquiera de las circunstancias señaladas anteriormente, su entrada en España puede ser denegada y Ud. podrá ser enviado de vuelta al lugar de origen de su vuelo.

Recomendaciones para viajar a España durante el Coronavirus:


  • Debido a la crisis sanitaria del COVID-19, no se permite viajar salvo por razones inaplazables. Si este es tu caso, recuerda consultar con tu aerolínea antes de volar y sigue estas medidas a tu llegada al aeropuerto:
    • Mantén la distancia de seguridad (+1m) con cualquier persona.
    • No acudas al aeropuerto con más de 90 minutos de antelación a tu vuelo.
    • Evita las aglomeraciones.
  • Desde las 0.00 horas del 23 de marzo se restringe el acceso de viajeros por las fronteras exteriores de España. Solo podrán acceder nacionales y residentes en España; residentes en otros países de la UE o Estados Asociados Schengen para dirigirse a sus lugares de residencia; titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro y que se dirijan a este; trabajadores transfonterizos sanitarios o de cuidado de mayores; personal dedicado al transporte de mercancías; personal diplomático; y por causas de fuerza mayor debidamente justificada
  • Desde las 0.00 horas del 19 de marzo se prohíbe cualquier tipo de vuelo comercial o privado con origen en cualquier aeropuerto situado en el territorio peninsular y destino cualquier aeropuerto situado en Canarias e Islas Baleares. Ten en cuenta que se mantienen algunos vuelos: Orden TMA/246/2020 (Canarias) y Orden TMA/247/2020 (Baleares)
  • Desde las 0.00 horas del 17 de marzo se prohíben los vuelos entre cualquier aeropuerto en territorio peninsular y Melilla y los vuelos en helicóptero entre cualquier aeropuerto o helipuerto del territorio peninsular y Ceuta.
  • @aena es la cuenta oficial en Twitter de los 46 aeropuertos y 2 helipuertos de la red de Aena.
  • Infórmate siempre en fuentes oficiales
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IsaBel, madrileña de nacimiento y trotamundos por convicción. Mi pasión es cruzar fronteras (físicas y metafísicas), explorar, sumar experiencias y emociones. Me fascina esta pelota verde y azul en la que vivo.

2 comments :

  1. Muy triste todo lo que está pasando, pero hay que ser responsables. Viajaremos a la madre patria en cuento sea posible. !Ánimo! #yomequedoencasa

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    1. Yessica, tu actitud es muy positiva. Poco a poco el mundo se irá recuperando y todas las mujeres que viajan podrán disfrutar de él con entusiamo. ¡Gracias por tu comentario! #yomequedoencasa

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